El contador partidor es aquélla persona expresamente nombrada por el testador para dar cumplimiento a sus disposiciones testamentarias.

El contador partidor es la persona encargada por el testador de dar ejecución a su última voluntad contenida en el testamento. También puede designarse judicialmente un contador partidor para la liquidación de la sociedad de gananciales cuando los cónyuges no se ponen de acuerdo.

Las funciones del contador partidor se concretan en contar y partir, por lo que tiene amplias competencias para llevar a cabo dicho objeto.

Regulación de la figura del contador partidor

Esta figura no aparece expresamente regulado en el Código Civil, solo el artículo 1057 se refiere a ella en relación al contador partidor dativo al decir:

«El testador podrá encomendar por acto «inter vivos» o «mortis causa» para después de su muerte la simple facultad de hacer la partición a cualquier persona que no sea uno de los coherederos.

No habiendo testamento, contador-partidor en él designado o vacante el cargo, el Secretario judicial o el Notario, a petición de herederos y legatarios que representen, al menos, el 50 por 100 del haber hereditario, y con citación de los demás interesados, si su domicilio fuere conocido, podrá nombrar un contador-partidor dativo, según las reglas que la Ley de Enjuiciamiento Civil y del Notariado establecen para la designación de peritos. La partición así realizada requerirá aprobación del Secretario judicial o del Notario, salvo confirmación expresa de todos los herederos y legatarios.

Lo dispuesto en este artículo y en el anterior se observará aunque entre los coherederos haya alguno sujeto a patria potestad, tutela o curatela; pero el contador-partidor deberá en estos casos inventariar los bienes de la herencia, con citación de los representantes legales o curadores de dichas personas«.

Por ello, el Tribunal Supremo ha aplicado analógicamente dada su falta de regulación las normas relativas al albaceazgo (Sentencias TS 5-7-47; 21-7-86; 19-2-93).

Características del cargo de contador partidor

Como hemos dicho para ver las características del cargo de contador partidor, dada su falta de regulación, hay que acudir alas normas de la figura del albacea a las que remite la jurisprudencia.

Características del cargo de contador-partidor:

Es un cargo de carácter personalísimo. Solo puede ser ejercitado por la persona designada por el testador.

Es un cargo especialmente testamentario por aplicación analógica del art 892 del Código Civil previsto para el albacea, aunque también existe el contador partidor dativo que es el previsto por el art 1057 del Código Civil.

Es un cargo voluntario. No hay ninguna obligación legal de aceptarlo, por ello el nombrado contador partidor puede o no aceptar su designación.

Es un cargo gratuito. No obstante puede el testador señalar la remuneración que tenga por conveniente. No obstante cuando el contador partidor es nombrado en un procedimiento de liquidación de la sociedad de gananciales, es un cargo remunerado.

Es un cargo temporal. Tiene una duración que viene determinada, en primer término por la voluntad del testador, en caso de haberla establecido. En caso contrario, la duración del cargo es de un año.

Tipos de contador partidor

Puede contar con distinta naturaleza:

Testamentarios: son designados por el testador.

Dativos: son nombrados por Notario o Secretario judicial, a petición de los herederos.

Nombrado en un procedimiento judicial (artículos 782 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

¿Qué facultades tiene el contador partidor?

Las facultades del contador partidor se extienden a contar y partir, por lo que pueden realizar todos aquellos actos jurídicos y materiales para alcanzar esa finalidad, tales como configurar el activo y el pasivo, calificar los bienes como privativos o gananciales, valorarlos, fijar las legítimas, colacionar donaciones, dividir y segregar fincas, etcétera.

El contador partidor no requiere del concurso de los herederos pero sí del viudo o viuda si previamente debe liquidar la sociedad conyugal.

Facultades:

1. Determinar el caudal hereditario

Esta figura tendrá que determinar el caudal hereditario y concretar cuales son los bienes, activo, que deben tenerse en cuenta para proceder al posterior reparto entre los herederos.

Además, deberá contemplar el pasivo, comprendiendo las cargas, los gastos y las deudas hereditarias. De esta forma concretará cual es la parte de herencia que corresponde a cada heredero.

2. Liquidar sociedad de gananciales

Deberá liquidar la sociedad de gananciales antes de proceder con la partición, valorando los bienes gananciales del fallecido.

3. Elaborar un cuaderno particional

Deberá elaborará un cuaderno particional donde se recoge la partición de la herencia y la parte que corresponde a cada heredero.

¿Puede el contador partidor adjudicar el único bien a uno de los herederos a cambio de indemnizar a los demás?

El contador partidor no tiene facultades para adjudicar el único bien que exista en el patrimonio del difunto a favor de alguno de los herederos a cambio de que este pague en efectivo metálico extrahereditario a los demás económicamente. En cambio, sí le estará permitido adjudicárselo a uno solo de ellos, si se paga a los demás con dinero hereditario.

¿Es obligatorio que siempre intervenga un contador partidor en la herencia?

Los herederos pueden efectuar la partición sin necesidad de que intervenga un contador partidor si entre ellos están de acuerdo en el reparto del caudal relicto.

El contador partidor está obligado a respetar las legítimas.

¿Es válida la partición efectuada por contador partidor?

La partición hecha por contador partidor es válida mientras no se impugne judicialmente.

Los Tribunales son los únicos competentes para declarar la disconformidad con el actuar de los contadores partidores, debiendo respetarse la decisión de los contadores partidores siempre que no exista contradicción con la voluntad del testador o sea contraria a ley (perjuicio de legítimas, etc.).

¿Qué plazo tiene el contador partidor para hacer la partición?

El plazo que tiene el contador partidor para cumplir con el encargo será el que haya previsto el testador.

En defecto de dicho plazo, tendrá un año para realizar la partición.

El artículo 904 del Código Civil establece:

«El albacea, a quien el testador no haya fijado plazo, deberá cumplir su encargo dentro de un año, contado desde su aceptación, o desde que terminen los litigios que se promovieren sobre la validez o nulidad del testamento o de algunas de sus disposiciones.»

Diferencia entre el contador partidor y el albacea

Es frecuente que cuando el testador instituya el cargo de albacea, también nombre el cargo de contador partidor. Estos cargos pueden o no coincidir en la misma persona de confianza del testador.

La principal diferencia entre ambos cargos está en las funciones encomendadas a cada uno de ellos.

El albacea se encarga de velar por el cumplimiento de las disposiciones testamentarias, pero tiene excluidas las funciones de realizar el inventario y reparto de la masa hereditaria, que le corresponde en exclusiva al contador partidor si también ha sido designado testamentariamente o el 50% de los herederos solicitan su intervención por no llegar ellos a un acuerdo sobre tal cuestión.

El albacea

El albacea ostenta un cargo representativo de la herencia, siendo el responsable del cumplimiento del testamento y de la conservación y custodia de los bienes hereditarios (Código Civil art.901 y 902), el contador-partidor tiene la obligación de distribuir la herencia entre los herederos y demás beneficiarios de ella, sustituyendo al testador en esta labor, salvo que entre en contradicción con la voluntad manifestada

El albaceazgo es un cargo especial testamentario que tiene por objeto la ejecución de la voluntad del causante, establecida en las disposiciones testamentarias ordenadas.

Su actuación culmina, en la mayoría de los supuestos con las facultades del contador-partidor, con la liquidación, división y adjudicación de los bienes a los coherederos y sucesores, concurriendo en el mismo las características de ser un cargo de confianza entre el causante y su ejecutor

El contador partidor

El contador-partidor puede ser sujeto pasivo de una acción de responsabilidad civil por tener una responsabilidad directa, mientras que el albacea, tendrá una responsabilidad subsidiaria

Corresponde al albacea contador-partidor la interpretación de la voluntad del causante, así como la valoración de las donaciones realizadas y el análisis de su inoficiosidad, habiendo de pasarse por sus decisiones mientras no sean notoriamente contrarias a la Ley o a lo dispuesto por el testador (DGRN Resol 29-3-04; 13-10-05).

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